jueves, abril 18, 2024
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La justicia de Madrid confirma que los repartidores de Deliveroo son trabajadores y no autónomos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado que los repartidores de Deliveroo son trabajadores, no autónomos. En la sentencia se desestiman los recursos que la empresa interpuso tras la sentencia del Juzgado de lo Social que afirmó que los «riders» eran trabajadores de la empresa.

En el fallo, se detalla con claridad que los 532 repartidores tienen una vinculación con la empresa «propia de una relación laboral por cuenta ajena», como trabajar de forma habitual para ellos, recibir una retribución económica de forma periódica o depender de sus órdenes.

Por otro lado la sentencia deja claro que la libertad del repartidor para trabajar no es tan amplia como se quiere aparentar, así como la necesidad del trabajador de utilizar la plataforma y estructura de Deliveroo para realizar su trabajo.

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